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This article was published on January 11, 2010

La Ley de Economía Sostenible, al descubierto


La Ley de Economía Sostenible, al descubierto

4154573713_1e194eb7a7En España ya es posible consultar la Ley de Economía Sostenible. Se trata de esa ley que hasta el momento permitía el cierre de paginas web sin autorización judicial previa. Ahora el juez si participa, pero no entra en el fondo del asunto. Esto es, que nada ha cambiado.

La Ley levantó tal revuelo en la red española que el Gobierno se vió obligado a recibir a varios usuarios considerados de peso en la comunidad internauta española. No fueron escuchados en los puntos clave del texto.

Al día siguiente el Presidente del Gobierno José Luís Rodríguez Zapatero desacreditaba a la Ministra de Cultura Angeles Gonzalez Sinde y aseguraba que no se cerraría ninguna pagina web y que se modificaría lo que fuese necesario de la ley. Ahora que el texto ya se ha desvelado en parte y se puede consultar, podemos decir que nos mintieron. Vuelve la censura, aunque si, el texto debe aprobarse todavía por vía parlamentaria y a través del Senado. Para no aburriros con el contenido del texto voy a ir directamente al asunto más peliagudo: la Disposición Final Primera…

Es aquí donde se especifica que la Comisión de Expertos -sin capacidad jurídica- es la que decide si una web vulnera o no la propiedad intelectual, al margen de lo que indique la ley. En un proceso que el texto obliga a que se resuelva en 4 días -literalmente- dicha comisión avisará al propietario de la web que debe retirar su contenido. Si no ocurre nada, se avisará por segunda vez al ilegal, y este podrá presentar alegaciones.

Tres representantes de tres poderes del estado, veladores de los derechos de autor y la fiscalía se enfrentarán al usuario delante de un juez en un careo. Si, 3 contra 1. ¿Y que pinta el juez en todo esto? Pues se le preguntará si la obligación de retirar el contenido, u obligar al cierre de la pagina web, atenta contra los derechos individuales del propietario de la pagina recogidos en el artículo 20 de la constitución: libertad de información, opinión, etc, cuando se le debería preguntar si el contenido atenta contra los derechos de autor, que es el motivo de la creación de la ley. Por lo tanto el juez jamás entrará en el fondo del asunto, si no que dará su veredicto a una cuestión paralela al cierre, que no al cierre en sí.

El problema está en que la Ley no está acorde con los tiempos que corren, y es más fácil censurar y prohibir en vez de adaptarse, como hace casi todo el mundo. Se supone que debemos avanzar, y no retroceder, y seguir bajo los dictados e intereses de unos pocos.

La ley también da poder a la Comisión de Expertos a prohibir el acceso a paginas web que atenten, bajo su punto de vista, contra los derechos de autor. Eso les permite ordenar a las operadoras que bloqueen el acceso a sitios que llevan a paginas, mediante enlaces, que vulneren los derechos de autor. Empezando por Google. España a la altura en derechos fundamentales como en China o en Cuba. Sensacional.

La batalla todavía no está perdida; paciencia.

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